Contexto del conflicto

En los últimos meses el Tribunal Supremo ha vuelto a protagonizar una disputa con el Gobierno, esta vez centrada en la normativa que regula la inscripción de ciudadanos españoles residentes en el extranjero. La polémica gira en torno a la llamada “ley de los nietos”, aprobada en 2022, que permite a descendientes de españoles exiliados durante la Guerra Civil y la dictadura franquista obtener la nacionalidad española y, con ella, el derecho a votar.

La ley de los nietos y su alcance

El texto legal establece que pueden solicitar la nacionalidad los nietos de quienes fueron perseguidos o forzados a abandonar el país entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955. Para facilitar el proceso, el Ministerio de Justicia emitió una instrucción que presume como exiliados a todas las personas que dejaron España en ese intervalo, sin distinguir la causa concreta de su partida.

El notable incremento del censo

Según el auto del Supremo, entre las elecciones generales de 2023 y el 1 de julio de 2026 el número de electores inscritos en el censo de votantes en el exterior ha crecido en 408 262 personas. Este salto se atribuye directamente a la interpretación amplia de la instrucción ministerial, que ha permitido que un amplio abanico de descendientes, incluidos aquellos cuyas familias emigraron por motivos económicos, se inscriban automáticamente.

Decisión del Tribunal Supremo

Los magistrados de la Sala de lo Contencioso‑Administrativo consideraron que el aumento “significativo” del censo podría no ajustarse al espíritu de la ley, que pretendía reconocer exclusivamente a los represaliados del franquismo. Por ello, acordaron una medida cautelar que limita el derecho al voto a quienes puedan aportar una prueba documental individualizada que demuestre la persecución o el exilio de sus antepasados, descartando la presunción genérica.

Medida cautelar y sus implicaciones

Con la resolución, el Supremo obliga a la Junta Electoral Central a suspender temporalmente la incorporación automática de nuevos electores derivados de la ley de los nietos, a menos que presenten la documentación requerida. La decisión también señala que la Junta había excedido sus competencias al intentar congelar el proceso de elaboración del censo, vulnerando el control funcional que le corresponde al órgano judicial.

Voto disidente

La magistrada María Alicia Millán emitió un voto particular en el que cuestiona la necesidad de la medida. Argumenta que el acuerdo impugnado no altera el Censo Electoral de Residentes en el Extranjero (CERA) ni modifica inscripciones ya realizadas, y que la medida priva de forma desproporcionada a ciudadanos con nacionalidad reconocida basándose en hipótesis futuras e inciertas sobre elecciones que aún no se han convocado.

Repercusiones políticas y electorales

El pronunciamiento del Supremo llega en un momento crítico, a pocos meses de la apertura del año judicial y con la expectativa de que las próximas elecciones generales se celebren antes de 2027. Los partidos políticos, especialmente los que defienden la ampliación del sufragio a la diáspora, han calificado la decisión como un intento de limitar la participación de millones de españoles en el exterior. Por su parte, el Gobierno defiende la normativa como una medida de justicia histórica que reconoce a los descendientes de víctimas del franquismo.

En definitiva, la controversia pone de relieve la tensión entre la reparación histórica y la garantía de un proceso electoral equilibrado, mientras el país se prepara para decidir cómo integrar a la creciente comunidad de votantes residentes fuera de sus fronteras.

Source: https://www.eldiario.es/politica/supremo-asegura-hay-peligro-real-afectar-elecciones-justificar-decision-ley-nietos_1_13500770.html

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